El COI condiciona la participación en categorías femeninas sólo a mujeres biológicas

    El Comité Olímpico Internacional generó una nueva regla para proteger a las mujeres en las disciplinas que participarán en los Juegos Olímpicos de LA 2028.

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    Este jueves el Comité Olímpico Internacional (COI) dio a conocer una nueva regla en la que restringe el acceso únicamente a mujeres biológicas a las disciplinas femeninas de cara a los Juegos Olímpicos de Los Angeles 2028, luego de las controversias suscitadas en ediciones pasadas.

    Casos como los de Caster Semenya, campeona olímpica en los Juegos de Londres 2012 y Río de Janeiro 2016 en atletismo 800 metros, así como más reciente el de la boxeadora Imane Khelif en los Juegos Olímpicos de París 2024 han dado pie a un análisis exhaustivo sobre la participación de atletas que no correspondan a sus categorías.

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    De esta manera, el COI buscará, mediante pruebas científicas como es la detección del Gen SRY, con el cual se puede detectar la ausencia o presencia de dicho gen en personas y que determinará si alguien es biológicamente una mujer o no.

    “Basándose en evidencia científica, el COI considera que la presencia del gen SRY es permanente y constituye una prueba altamente precisa de que un atleta ha experimentado el desarrollo sexual masculino. Además, el COI considera que la detección del gen SRY mediante muestras de saliva, hisopado bucal o sangre es un método poco invasivo en comparación con otros posibles métodos.

    “Las atletas que den negativo en la prueba del gen SRY cumplen de forma permanente con los criterios de elegibilidad de esta política para competir en la categoría femenina. Salvo que haya motivos para creer que un resultado negativo sea erróneo, esta prueba se realizará una sola vez en la vida”, se lee en el comunicado que difundió el Comité Olímpico Internacional este jueves.

    ¿QUÉ PASA CON ATLETAS TRANSGÉNERO Y CON UN SÍNDROME DE INSESIBLIDAD COMPLETA A LOS ANDRÓGENOS PARA PARTICIPAR EN JUEGOS OLÍMPICOS?

    El COI anunció que existe una “rara excepción de los atletas con diagnóstico de Síndrome de Insensibilidad Completa a los Andrógenos (SICA) u otras diferencias/trastornos raros en el desarrollo sexual (DSD) que no se benefician de los efectos anabólicos y/o de mejora del rendimiento de la testosterona.

    “Ningún atleta con un resultado positivo en la prueba SRY es elegible para competir en la categoría femenina en un evento del COI”, informó en el comunicado y añadió que “los atletas con un resultado positivo en la prueba SRY, incluidos los atletas transgénero XY y los atletas XY-DSD sensibles a los andrógenos, siguen estando incluidos en todas las demás clasificaciones para las que cumplen los requisitos”.

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    Es decir, los atletas con este tipo de resultados pueden participar en la categoría masculina, “incluso en un cupo masculino designado dentro de cualquier categoría mixta, en cualquier categoría abierta o en deportes y eventos que no clasifiquen a los atletas por sexo”, indicó el COI, el cual es presidido por primera vez en la historia por una mujer, Kirsty Coventry.